Pensión alimenticia para el cónyuge
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Tras la sentencia nº 32198 de 5 de noviembre de 2021 en Secciones Unidas, el Tribunal de Casación, Sección Primera de lo Civil, con su auto nº 2139/2022 vuelve a tratar la cuestión de la prestación de divorcio en caso de nueva convivencia de hecho del solicitante de la prestación, y en esta ocasión ofrece algunas indicaciones sobre cuándo puede considerarse probada la constatación de dicha convivencia.
Mediante el auto núm. 29290/2021, el Tribunal Supremo, confirmando el principio, hoy bien asentado, según el cual las medidas destinadas a regular las relaciones económicas entre los cónyuges como consecuencia de la separación o el divorcio se dictan “rebus sic stantibus”, dictaminó que la solicitud de asignación de la pensión de divorcio, si surge de circunstancias surgidas después del pronunciamiento de la sentencia de primera instancia, pero antes de que ésta sea firme, debe formularse, aunque sea por primera vez, en apelación.
El Tribunal de Casación, en su auto nº 23318, de 16 de junio de 2021, abordó diversas cuestiones relativas a las obligaciones alimentarias a favor del cónyuge y de los hijos, señalando, entre otras cosas, los límites del derecho del hijo mayor de edad a percibir una pensión alimenticia del progenitor divorciado cuando, tras haber iniciado una experiencia laboral remunerada, la abandona para retomar los estudios universitarios.
Prestación alimenticia para la mujer desempleada
Los jueces reiteraron que un cambio en las condiciones de ingresos de los cónyuges afecta a las reglas de la pensión alimenticia y permite reconfigurar la prestación, pero no la extingue automáticamente.
En este caso concreto, sostuvieron que seguía siendo necesario reconocer una contribución a la esposa porque, aunque el marido hubiera empeorado su situación económica, seguía existiendo una diferencia importante en la situación económica de los cónyuges. Si el marido se había empobrecido, la mujer estaba peor, ya que no tenía ningún ingreso.
Con un sueldo de 1200 euros cuánto debo de manutención
Con la separación legal (ya sea consensuada o judicial) el vínculo matrimonial se suspende temporalmente a la espera de la sentencia de divorcio. Hasta entonces, el deber de asistencia material al cónyuge sigue vigente. Es precisamente este aspecto el que conduce a la determinación de la pensión alimenticia.
La extinción del vínculo matrimonial tras la separación o el divorcio conlleva implicaciones fiscales cuando uno de los cónyuges tiene que pagar al otro una pensión para satisfacer su derecho de alimentos o manutención.
Tabla de dietas de manutención
Fui invitado a dar una conferencia sobre la “indemnización por daños intrafamiliares” en el marco del curso sobre la violencia en la familia organizado por la Comisión de Derechos de la Familia y de la Persona en el Colegio de Abogados de Roma
Soy coautor del texto “Separación, divorcio, anulación y mediación familiar”, escrito junto con otros colegas y profesionales del sector y relativo no sólo a las crisis matrimoniales sino a todos los aspectos del derecho de familia.
Menos mal que busqué en Internet y encontré a la abogada D’Ascenzo, y desde el principio me hizo ver que era una experta en derecho de familia y, de hecho, conseguí lo que me correspondía.